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EXPOSICIÓN PÚBLICA.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA... PUNTO LIMPIO MUNICIPAL

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR RECOGIDA Y/O DEPÓSITO DE RESIDUOS NO PELIGROSOS EN EL PUNTO LIMPIO MUNICIPAL

1. El hecho imponible de la Tasa regulada en la presente Ordenanza está constituida por la utilización del Servicio Municipal de recogida y/o depósito de residuos no peligrosos en instalaciones municipales de Navas de Oro adaptadas para ello, para el vertido y depósito de residuos no peligrosos, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 11 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

2. No está sujeto a esta Ordenanza, la recogida y depósito de residuos que por su volumen exijan la adopción de especiales medidas mecánicas,higiénicas, profilácticas o de seguridad.